Financiación de Natura 2000 y el Fondo Europeo para la Pesca - FEP
Aprobado por el Reglamento nº 1198/2006 relativo al Fondo Europeo de Pesca, este fondo se dirige a:
- Apoyar la Política pesquera común.
- Promover un desarrollo sostenible entre los recursos acuáticos vivos y la capacidad de pesca de la flota comunitaria
- Promover una pesca sostenible de la pesca de interior
- Potenciar la competitividad de la estructuras de explotación y el desarrollo de empresas económicamente viables.
- Fomentar la protección y mejora del medio ambiente y los recursos naturales cuando exista relación con el sector pesquero.
- Promover el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida en zonas con actividades en el sector de la pesca.
- Promover la igualdad entre hombres y mujeres.
Su presupuesto es de 3849 millones de euros para el periodo 2007-2013. Asimismo, el Reglamento prevé 4 ejes de acción prioritarios:
- EJE 1: medidas de adaptación de la flota pesquera comunitaria
- EJE 2: acuicultura, pesca interior, transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura
- EJE 3: medidas de interés público
- EJE 4: desarrollo sostenible de las zonas de pesca
En este contexto, aparecen ayudas específicamente dirigidas a la Red Natura 2000 en los Ejes 2 y 3. Estas ayudas son las siguientes.
AYUDASESPECIFICAS A NATURA 2000 EN EL FONDO EUROPEO DE PESCA | ||||
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EJE |
Medidas |
Ayudas |
Descripción |
Importe máximo de la ayuda |
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Eje 2 Acuicultura, pesca interior, transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura |
b) medidas hidroambientales (art. 30); |
a la acuicultura sostenible compatible con las obligaciones que resulten de la designación de zonas natura 2000 |
Compensaciones por el uso de métodos de producción acuícola que contribuyen a conservar la naturaleza, cuando los acuicultores asuman compromisos por periodos mínimos de 5 años de cumplir requisitos hidroambientales más estrictos que la mera aplicación de la "buena practica normal de acuicultura". |
La compensación la calculan los Estados con base a los siguientes criterios: § perdida de ingresos § costes adicionales de la aplicación de métodos hidroambientales § necesidad de la ayuda financiera § desventajas especificas o gastos de inversión en unidades situadas dentro o cerca de zonas Natura 2000. Caben "compensaciones excepcionales" durante un máximo de dos años posteriores a la fecha de designación de la zona Natura 2000 para unidades de acuicultura existentes con anterioridad a dicha designación. |
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Eje 3 Medidas de interés público |
b) la protección y desarrollo de la fauna y la flora acuáticas (art.38); |
A la protección y mejora del medio ambiente en el marco de Natura 2000 cuando afecten a actividades pesqueras |
Para acciones de organismos públicos o semipúblicos, organizaciones comerciales reconocidas u otros organismos designados por el Estado No son subvencionables las repoblación directa, salvo cuando esté explícitamente contemplada como medida de conservación en una "acto jurídico comunitario" |
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Como instrumentos estratégicos y de programación del FEP se prevé tan sólo la elaboración de documentos nacionales: un "Plan Estratégico Nacional" y "Programas operativos únicos nacionales".
